En esta sección se encuentra las reglas más comunes. Para ver una lista exhaustiva, consulte los estatutos, reglamentos y acuerdos.
ARTICULO 14.- Queda prohibido pisar y pasar por lugares no previstos para el paso y especialmente por las zonas ajardinadas.
ARTICULO 17.- Queda prohibido hacer reuniones y tertulias en voz alta, en los lugares de la comunidad, calles, portales, pasillos, jardines y demás servicios comunes, fuera de las horas señaladas en el artículo 12 de este reglamento.
ARTICULO 13.- Queda terminantemente prohibido, alterar la configuración exterior de las cubiertas transitables (solariums), únicamente se podrá instalar con la autorización de la junta de propietarios, unas estructuras tipo "pérgolas" para que se mantenga la misma configuración en todas las cubiertas. Igualmente se prohíbe, enlosar las zonas ajardinadas pertenecientes a las viviendas de los bajos, ya que las mismas se consideran zonas comunes aunque de utilización privativa.
ARTICULO 15.- Los juegos de niños se harán exclusivamente en los lugares que la comunidad pueda destinar a tal efecto.
ARTICULO 16.- Queda terminantemente prohibido el paseo de bicicletas dentro de la urbanización.
Cierres de los jardines (2001)
"Se llega al acuerdo de permitir los cierres de los jardines, a una altura máxima de un metro, que todos los cierres sean iguales a los que ya están instalados a esta fecha, que el cuidado de estas zonas lo realiza la comunidad, que deberá pasar un recibo extra por el costo de este mantenimiento al titular de los bajos, siempre y cuando esta zona de jardín se encuentre cerrada."